Se han registrado múltiples errores con los nuevos MOTIVOS DE CANCELACIÓN, ya que la mayoría de los usuarios asume que este método reemplaza o deroga a la sustitución de CFDI aún vigente.
El mensaje de error es: “Relación no válida o inexistente” y se presenta al verificar el estatus del comprobante ante el SAT.
Según el documento de “Preguntas frecuentes y escenarios de cancelación”, pregunta 6.- dice:
Emití una factura, pero mi cliente me pide cancelarla por errores en la descripción, ¿cómo debo realizar la cancelación de dicho comprobante?
Pregunta 6, Documento de preguntas frecuentes y escenarios de cancelación
La respuesta, es un proceso de 4 pasos:
Al pensar que los motivos de cancelación reemplazan la cancelación y sustitución de CFDI vigente a la fecha, es decir el proceso que ya se venía haciendo, que se mantiene y debe seguirse haciendo… Al omitir este paso se cae en el error de no incluir el TIPO RELACIÓN = 04 en el CFDI nuevo
Esto implica un ejercicio de saber -“Qué fue primero ¿El huevo o la gallina?”– debido a que la operación común y conectada al SAT de los sistemas ERP en México es como sigue:
Se cancela el comprobante directo en el sistema ERP conectado al SAT y desde este paso, ya existen detalles… porque se necesita un motivo de cancelación y el UUID, para el caso de Motivo 01, pero aun no tengo el comprobante nuevo…
Ok, Intentemos hacer el comprobante nuevo, pero te pide marcar a cual sustituye antes de certificarlo, pero el otro comprobante aun no esta cancelado…. entonces ¿Debería cancelar el comprobante primero? …
En cualquiera de las 2 situaciones me faltará un dato… Entonces de ahí la frase -“Qué fue primero ¿El huevo o la gallina?”–
Se pensaría que las nuevas reglas fiscales están diseñadas para beneficiar y acortar los procesos y validaciones, pero con todo este proceso “doblemente amarrado”, se tiene la percepción que no hubo la suficiente lógica, planeación, ejercicios y escenarios para lograr que se vea como una mejora, y al momento se ve como “una traba”.