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Nómina PTU: No se retiene ISR a empleados con salario mínimo, empleado dado de baja
La situación:
En nómina de PTU no retiene impuestos a algunos empleados dados de baja y al consultar el calculo de ISR menciona que no se retiene ISR a empleados con salario mínimo.
Se revisa el salario diario del empleado y rebasa el salario mínimo.
Justificación:
Esto se debe a que no se toma en cuenta el salario diario que tenía el empleado al momento de la baja; sino que en base al importe de PTU a pagarle lo divide entre 365 días por ser una percepción extraordinaria anual, y el resultado es el salario diario.
Esto es apegándonos al siguiente artículo de la LISR para saber si tiene que retener ISR al empleado o no:
“Artículo 96 Cálculo de retenciones mensuales.
Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente…“
Un salario mínimo general es el salario diario elevado al mes, por eso a los empleados que proyectemos que en el mes van a ganar menos de esa cantidad no se les retiene ISR y es cuando sale la leyendo en el cálculo.